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11/05/2020

Firmar en linea 

La Red de Hermandad y Solidaridad con Colombia, espacio de coordinación del que forman parte diversas organizaciones colombianas (Red Colombia) y colectivos de otros países que trabajan en Colombia según los principios de solidaridad y política internacionalista (Red Europea), por medio de este escrito en ejercicio del derecho fundamental de petición (art. 23 C.P), trasmitimos ante ustedes nuestras preocupaciones sobre la situación de derechos humanos que se presenta en varias regiones del país, en el marco de la actual coyuntura sanitaria.

Con ocasión del COVID-19, el presidente de Colombia declaró el estado de emergencia, figura que si bien tiene arraigo constitucional, no confiere un poder absoluto en cabeza del ejecutivo, ni suspende las obligaciones internacionales del Estado, de garantizar de manera especial los derechos a la vida, a la integridad personal, libertad de conciencia, la protección a la familia, los derechos de niñas/os y los derechos políticos, entre otros (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 4 y Convención Americana de Derechos Humanos, art. 27)

Las medidas propias de la declaratoria de emergencia, deben responder a objetivos legítimos, ser excepcionales, temporales y además responder a los principios de necesidad y proporcionalidad. En los principios de Sicacusa1, el consejo Económico y Social de las Naciones Unidas incluyó dentro de las clausulas de interpretación (Parte I-A) que “No se aplicará ninguna de las limitaciones mencionadas en el Pacto con una finalidad distinta de aquélla para la que se estableció” (num. 2) y que “Todas las limitaciones serán interpretadas a la luz y en el contexto del derecho particular de que se trate” (num. 4)

La Red de Hermandad y solidaridad con Colombia, expresa su preocupación por la incompatibilidad del accionar estatal en varias zonas del país, con las obligaciones en materia de derechos humanos, en la actual coyuntura de emergencia, las cuales se expresan en: i) El desconocimiento y ataque a los mecanismos autónomos de las comunidades para su auto protección, ii) La profundización de los conflictos (armado y social) en los territorios; y iii) El incremento de los ataques contra las y los luchadores populares.

 

  1. Desconocimiento y ataque a los mecanismos autónomos de las comunidades para su auto protección

Las comunidades se han organizado por si mismas para proteger la salud en sus territorios, como lo demuestran por ejemplo las Normas Comunitarias para la Prevención del coronavirus publicadas por las Juntas de Acción Comunal, que incluyen, control de las vías, retención temporal de mercancía para su desinfección y plan de siembra y abastecimiento. Las autoridades comunitarias en conocimiento de sus territorios y necesidades establecen normas integrales, que respetan las medidas de aislamiento y aseguran la sobre-vivencia de las personas, en colaboración con las autoridades municipales.

Estas medidas han sido materializados por las guardias campesina, cimarrona y/o indígena. Estas comunidades no cuentan con recursos de las administraciones municipales para afrontar la pandemia, los cuales han sido destinados fundamentalmente al accionar de la fuerza pública.

Este tipo de iniciativas constituyen expresiones de la acción participativa legítima de las comunidades, que en ejercicio de su autodeterminación y autonomía han identificado las necesidades propias e implementado soluciones a las problemáticas que afrontan, máxime cuando la acción del Estado en la actual coyuntura de salud pública, no ha contemplado medidas que garanticen la subsistencia, ni se a apuntado al fortalecimiento del sistema de salud para asegurar una atención eficiente a quienes puedan resultar contagiados. Estas falencias, se hacen más notorias en zonas rurales apartadas del país, donde existen mayores dificultades de acceso a puestos de atención médica con el nivel y capacidad de atención requerido para atender la pandemia; o en comunidades urbanas empobrecidas, que por lo general sobreviven de la informalidad y que en razón al aislamiento preventivo han sido despojadas de sus formas de subsistencia.

En varias regiones del país, el Estado -a través de la fuerza pública y militar - ha pasado por alto los principios básicos y acuerdos de convivencia de las comunidades campesinas y han atacado a los integrantes de las comunidades responsables de su implementación, a través de actos de intimidación, agresiones con armas de fuego u obligándoles a levantar los puestos de control:

 

  • El 28 de abril, fueron denunciados los actos de intimidación de la que fueron objeto miembros de la guardia campesina en el punto de control sanitario de la vereda Puerto Miranda en la vereda Babaica, vía alterna al centro poblado El Botalón municipio de Tame-Arauca, por parte de hombres de civil y armados que se movilizaban en camionetas, quienes al parecer eran miembros de organismos de inteligencia de la fuerza pública.

 

  • E l 29 de abril hacia las 9:30 pm miembros del Ejército Nacional al mando del Sargento Mosquera del Batallón Navas Pardo, llegaron disparando contra integrantes de la Guardia Interétnica Campesina y Popular que ejercen control sanitario en la vereda Babaica, vía alterna al centro poblado El Botalón municipio de Tame-Arauca.

  • El 13 de abril en Campo Dos, Norte de Santander, la Policía levantó violentamente el punto de control sanitario implementado por las comunidades campesinas.

 

Este tipo de actuaciones constituyen por un lado, un desconocimiento de mecanismos democráticos de participación de las comunidades en los asuntos que les afectan de manera directa y una afrenta ilegítima a las medidas de contención del Covid-19 adoptadas por quienes viven y conocen los territorios. A su vez, todo acto de agresión contra la integridad física y la vida de las personas, constituye una violación grave a los derechos humanos.

De otro lado, el movimiento de personal militar al interior de comunidades rurales en la actual coyuntura resulta especialmente preocupante, toda vez que con su presencia -que es ajena al territorio- se convierten en vectores de contaminación y posible contagio del coronavirus –Covid-19. En el Sur de Bolívar, por ejemplo, el Río Magdalena ha servido de barrera natural para proteger la población de la pandemia, sin embargo, el ejército está llegando por helicóptero a la tiendas sin ningún tipo de medidas sanitarias de prevención.

El contagio masivo con el SARS-CoV-2 impactaría severamente en poblaciones vulnerables, como las campesinas, que como se dijo, no tienen acceso a servicios de salud eficientes y con capacidad para atender los requerimientos de tal emergencia sanitaria.

 

  1. Profundización de los conflictos

 

El secretario general de las Naciones Unidas Antonio Guterres, hizo un llamado mundial al cese de hostilidades:

 

“Dejen de lado la desconfianza y la animosidad. Silencien las armas; detengan la artillería; pongan fin a los ataques aéreos. Es crucial que lo hagan… para ayudar a crear corredores a fin de que pueda llegar la ayuda vital. Para abrir oportunidades de valor incalculable para la diplomacia. Para llevar esperanza a los lugares más vulnerables al COVID-19. (…) Necesitamos poner fin al mal de la guerra y luchar contra la enfermedad que está devastando nuestro mundo. Y esto empieza poniendo fin a los enfrentamientos en todas partes. Ahora. Eso es lo que la familia que somos la humanidad necesita, ahora más que nunca”

 

El Conflicto armado no internacional, CANI que se desarrolla en buena parte del territorio nacional es altamente complejo por la diversidad de actores e intereses en la guerra. Esta situación pone en especial riesgo a las comunidades rurales donde este se desarrolla, por las dificultades que impone la continuidad de las confrontaciones en la actual coyuntura. El Estado Colombiano, no ha avanzado en la declaratoria del cese al fuego, pese al gesto unilateral del Ejército de Liberación Nacional, ELN en esa dirección. La agrupación insurgente acaba de levantar la medida y dice estar dispuesta a un nuevo alto a las hostilidades siempre que sea bilateral, toda vez que sus tropas fueron agredidas por las fuerzas estatales. No obstante, el incremento de la presencia policial y militar en varios territorios hace prever un aumento de la intensidad del conflicto, lo que expone a las comunidades a infracciones al DIH.

 

De otro lado, se torna preocupante que las fuerzas del Estado han aprovechado la pandemia y la cuarentena preventiva, para avanzar en la erradicación forzada de cultivos2, lo que se suma a los actos de persecución y violencia contra las comunidades arriba referenciados. Estas formas de operatividad profundizan el conflicto social, al agudizar las contradicciones que se ciernen alrededor de las concepciones y uso del territorio, lo cual pone sobre alerta a las comunidades al ver amenazados sus proyectos e intereses colectivos y puede llevar a alzamientos populares ante la inconformidad que generan tales prácticas. Esta situación, en el actual contexto, se torna inconveniente, si se tiene en cuenta que la defensa de la vida ante una pandemia que amenaza a la humanidad entera, debe ser un propósito común en el que todos los sectores –más aún el estatal- deben concentrar sus esfuerzos.

 

De otro lado, amplios sectores de la sociedad, de los cascos urbanos que históricamente han enfrentado obstáculos en el acceso a derechos como la salud, la alimentación, la vivienda digna, entre otros, hoy se ven sometidos a una situación de mayor vulnerabilidad con ocasión del SARS-CoV-2. Estas condiciones de vida agravadas, aunadas a la falta de respuesta oportuna y eficaz del Estado, ha generado brotes de protesta social que se han enfrentado con represión policial o militar.

 

 

  • El 22 de marzo fueron masacradas 23 personas privadas de la libertad en el EC de Bogotá La Modelo por parte del Estado, al contener un acto de protesta de los internos que pedían medidas eficaces de prevención de propagación y contagio del Covid 19.

  • El día 13 de abril de 2020, durante protestas realizadas por la comunidad Wayuu en la Troncal del Caribe, ante exigencias de agua y alimentos para vivir, el Escuadrón Móvil Antidisturbios ESMAD interviene estos puntos de protesta. Son detenidos 43 indígenas por los delitos de rebelión y obstrucción de vía pública.

  • El 16 de abril de 2020, efectivos del ESMAD hacen presencia a las 23:30 horas de la localidad de Ciudad Bolívar de la ciudad de Bogotá D.C (Barrios) con orden de dispersar las expresiones de la comunidad que reclamaban ayuda humanitaria.

  • El 20 de abril de 2020, ante las peticiones de los habitantes del barrio Olaya Herrera de la ciudad de Medellín de que se les otorguen las ayudas para poderse garantizar la alimentación durante el aislamiento obligatorio, la atención que se da a las peticiones de esta comunidad es la agresión por parte del ESMAD mediante el uso de gases lacrimógenos en sectores residenciales donde habita esta población vulnerable.

  • El 22 de abril en la vereda El Cedro del municipio de Tumaco, en Nariño, varios manifestantes de la comunidad contra erradicación forzada recibieron agresiones de la Fuerza Pública. En estos hechos fue asesinado el señor Ángel Artemio Nastacuaz Villarreal, quien fue impactado con un de proyectil de arma de fuego por la espalda. Asimismo, el señor Kener Preciado Mina, de la vereda El Pulgan resultó herido.

  • El 23 de abril 2020, familias víctimas del conflicto armado protestaron en Usme, Bogotá, por la falta de atención por parte de la Unidad de Víctimas, agravada por la pandemia. La respuesta distrital fue enviar al Esmad. Funcionarios de la alcaldía deslegitimaron por redes sociales la protesta, negando la necesidad de atención que requiere la gente en estos momentos.

  • En los limites del Bagre y Zaragoza de Antioquia, el 1 de mayo, aterriza un helicóptero con el Escuadrón Móvil Antidisturbios y personas encargadas (agentes antinarcóticos) de realizar las erradicaciones, sin elemento de protección del Covid-19 tales como, guantes, tapabocas, etc. Inmediatamente, la guardia campesina del bajo Cauca intermedia e intenta conciliar para llegar al acuerdo de parar la erradicación de cultivos, el ESMAD hace caso omiso al llamado de la guardia y hiere a varias personas, entre ellas a un joven de la guardia campesina quien fue remitido al hospital Puerto López, también, se realizan 8 capturas con el argumento de que son presuntamente integrantes del ELN.

  • El 2 de mayo en el barrio Altos de la Estancia, ubicado en la localidad de Ciudad Bolívar de la ciudad de Bogotá el ESMAD procede a intervenir con una gran cantidad de gases lacrimógenos y aturdidoras, dejando como resultado alrededor de 20 heridos, entre ellos un menor de edad de 5 años en condición de discapacidad auditiva y del habla, y varios niños, adolescentes y adultos mayores que hacían presencia allí con trauma craneal, trauma de mandíbula y codo, dislocaciones, y asfixia por los gases. Desde el 27 de abril la comunidad que allí reside ha denunciado intentos de desalojo por parte de la fuerza pública.

  • El día 7 de mayo del 2020 en horas de la mañana, en un edificio de interés social en el barrio Arborizadora Baja, en la localidad de Ciudad Bolivar, en la ciudad de Bogotá, donde se encontraban 300 personas de la comunidad indígena Embera refugiadas, incluyendo menores de 5 años, la policía realizo un operativo de desalojo violento. Entre las personas agredidas se encontraban niños menores de 5 años, mujeres embarazadas y adultos mayores, los cuales tuvieron que ser remitidos a centros de salud. El menor de edad de 18 meses sufrió trauma craneo encefálico.

 

La respuesta armada del Estado a las expresiones de inconformidad de los sectores populares representa en sí misma una grave violación de los derechos humanos y constituye un uso desproporcionado, ilegítimo e innecesario de la fuerza. Ante condiciones como las que afrontan las comunidades tanto rurales como urbanas hoy, no sólo es posible, sino necesario desplegar la capacidad negociadora y de diálogo de las autoridades y su voluntad para dar respuestas eficaces e inmediatas a las problemáticas que hoy se afrontan.

 

  1. Incremento de los ataques contra las y los luchadores populares

 

Los lideres y las lideresas sociales, continúan siendo estigmatizados y exterminados por reclamar la garantía de derechos propios y de terceros aun en medio de la pandemia. La continuidad de este genocidio contra el movimiento popular y en particular las comunidades organizadas en Colombia –a pesar del cese al fuego decretado por el ELN, la alta militarización de los territorios y el aislamiento social preventivo que supone mayores posibilidades de control del orden público– da cuenta de la connivencia que sigue operando entre las fuerzas oficiales con las llamadas estructuras herederas del paramilitarismo y en algunos casos con disidencias de las FARC.

 

El Estado Colombiano, a pesar del estado de emergencia, sigue obligado a proteger y garantizar la vida de la población en general y en particular de las y los defensores de derechos humanos, de los pueblos y del territorio, de luchadores y luchadoras sociales. Según la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos (art. 12-2)

“El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”

 

Asimismo, el Comité de Derechos humanos en su Observación general No. 31 sobre la Naturaleza de la obligación jurídica general impuesta a los Estados Partes en el Pacto, probada el 29 de marzo de 2004, señaló:

 

“Los Estados Partes deben abstenerse de violar los derechos reconocidos por el Pacto y cualesquiera restricciones a cualquiera de esos derechos debe ser permisible de conformidad con las disposiciones pertinentes del Pacto. Cuando se introducen restricciones, los Estados deben demostrar su necesidad y adoptar únicamente las medidas que resulten proporcionales a la consecución de los legítimos objetivos para lograr una protección constante y eficaz de los derechos del Pacto. En ningún caso se deben aplicar las restricciones o invocarse de una manera que menoscabe la esencia de un derecho del Pacto”

 

Estas obligaciones de protección y garantía han sido ampliamente desconocidas en el actual contexto. El confinamiento social preventivo decretado por el Gobierno Nacional ha sido un factor de favorecimiento de los crímenes contra los sectores de la población organizados, mismos que venían en un proceso de fuerte movilización en el marco del Paro Nacional.

 

Asesinatos y atentados contra la vida e integridad personal:

 

  • El 19 de marzo en la vereda nueva granada del municipio de Puerto Asís Putumayo fue asesinado el compañero MARCO RIVADENEIRA del CNA- CDP, por disidencias de las FARC.

  • El 24 de marzo de 2020 sobre las 8 de la noche en el municipio de San Pablo departamento de Bolívar, fue asesinada la compañera CARLOTA ISABEL SALINAS de la Organización Femenina Popular.

  • El 25 de marzo, en la comuna 8, se realiza un ataque contra JHON RESTREPO, perteneciente a la casa diversa de la comuna 8, es atacado en su casa, le dan 5 puñaladas, una muy profunda. Él afortunadamente está fuera de peligro.

  • El 17 de abril en El Tambo – Cauca, vereda Betania, fue asesinato el señor TEODOMIRO SOTELO ANACONA Miembro del consejo comunitario Afro Renacer del Micay y del CNA-CDP, quien lideraba un proceso de sustitución de cultivos. El homicidio fue cometido, según testigos por disidencias de las FARC. Según las comunidades. el Ejército esta permitiendo alianzas entre narcotráfico y algunos sectores de esas disidencias.

  • El 22 de abril, en el municipio de Santander de Quilichao Cauca, fue asesinado el señor HUGO DE JESÚS GIRALDO LÓPEZ, defensor de Derechos Humanos.

  • El 22 de abril en el cañón de Micay, vereda Agua Clara municipio del Tambo, fueron asesinados JESUS ALBERTO RIASCOS y SABINO ANGULO integrantes del Consejo comunitario Afro Renacer.

 

Amenazas, saqueos y desplazamientos:

 

  • El 5 de abril de 2020 en horas de la noche, en San Pablo, sur de Bolívar, en el barrio Villa Esperanza. ALCIDES JIMÉNEZ MUÑOZ es amenazado. El joven estaba con su madre cuando observan que en una moto se acercan dos personas. Uno de los sujetos, tiene una pistola y le pregunta a la madre del joven si es su hijo, luego le manifiesta que supuestamente él también es líder social y trabaja con la administración. Después, Alcides recibe una llamada a su celular, en la que le advierten que tiene 24 horas para salir del municipio.

  • A mediados de marzo en el contexto de implementación de megaproyectos hidroeléctricos, se han cometido varios actos de amenazas y saqueos contra habitantes de San Juan De Micay , entre los que se encuentra LEONOR SAQUE CNA- CDP. Esta situación ha ocasionado varios desplazamientos. Varias de las amenazas han sido proferidas por disidencias de las FARC, al parecer en complicidad con el Ejército Nacional

  • El 24 de marzo del 2020 en horas de la mañana, habitantes de la vereda el Piñal, del Nordeste Antioqueño advirtieron sobre la presencia en la zona de la estructura paramilitar autonombrada como Los caparrapos. Entraron por grupos de 7 personas vestidas de negro y fuertemente armados a las casas de campesinos de la zona avisando que venían a cobrar vacunas a mineros y comerciantes. Amenazaron a dirigentes sociales declarándolos objetivo militar. Estos hechos fueron denunciados por el Comité́ de Integración Agrominero Del Nordeste Antioqueño, CIANA, que aglutina a campesinas y campesinos agromineros de Remedios y Segovia, departamento de Antioquia.

  • El 26 de marzo, en la ciudad de Medellín aparecieron unos panfletos firmados por las Autodefensas Gaitanistas de Colombia – AGC, en las que advierten que tomarán medidas de monitoreo por varios sectores para dar cumplimientos con las normas y protocolos establecidos por el Estado. Esto ha generado miedo en la comuna ya que el día anterior a la aparición del panfleto atentaron contra la vida y la integridad de miembro de esta comuna.

 

Preocupa la situación de las y los líderes sociales encarcelados por causa de montajes judiciales orquestados por la Fiscalía General de la Nación, algunos se han pronunciado3 públicamente, considerando que su detención preventiva constituye una condena de hecho y que ante la pandemia puede convertirse en pena de muerte. El decreto 546 adoptado por el gobierno nacional el 14 de abril del 2020 que pretende deshacinar las cárceles no permite ningún tipo de beneficio para estas personas privadas de la libertad. Decenas de liderazgos sociales han sido víctimas de montajes judiciales4 por sus actividades políticas, como lo relata Michel Frost es su reciente informe sobre defensores de Derechos Humanos en Colombia5: “Ahora más que nunca los gobiernos deberían poner en libertad a todos los reclusos detenidos sin motivos jurídicos suficientes, entre otros a los presos políticos6. Destacamos los casos de lideres del Casanare que han denunciado a la multinacional Frontera Energy, el caso de pobladores de Micoahumado en el Sur de Bolívar detenidos desde julio 2019 y los casos de lideres del Congreso de los Pueblos detenidos en el ERON de la Cárcel Picota de Bogotá, donde el mal manejo de traslados de detenidos contagiados ha agravado las condiciones de detención.

 

SOLICITUDES

 

A LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

 

  1. Emitir directrices precisas a la fuerza pública, militar y autoridades del orden regional y local para que respeten las medidas de prevención sanitarias adoptadas por las autoridades comunitarias, gobiernos campesinos, cabildos indígenas y consejos comunitarios para el cuidado de los territorios y la protección de la población ante la pandemia. Asimismo, para que se abstengan de continuar todo acto de represalia contra las y los defensores de estos territorios que implementan dichas medidas.

 

  1. Informar en cada una de las situaciones expuestas en la presente comunicación, los motivos por los cuales se ha agredido a las comunidades durante la implementación de medidas y puestos sanitarios de control.

 

  1. Decretar de inmediato la prohibición de las fumigaciones con glifosato y otras formas de erradicación forzada de cultivos.

 

  1. Suspender de manera inmediata de las acciones bélicas ofensivas. Adoptar ceses al fuego negociados y bilaterales con todos los actores armados legales e ilegales en Colombia acudiendo al llamado de las Naciones Unidas.

 

A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

 

  1. Intervenir en el marco de sus competencias a efectos de que se investiguen y sancionen disciplinaria y penalmente a los servidores públicos, militares y policías involucrados en los hechos objeto del presente escrito.

 

  1. Informar en cada uno de los casos expuestos en esta comunicación, el estado de las investigaciones disciplinarias –en caso de existir.

 

A LA DEFENSORIA DEL PUEBLO

 

  1. Intervenir en el marco de sus competencias a efectos de verificar los hechos enunciados en el presente escrito, acompañar a las comunidades y velar por la garantía de los Derechos Humanos.

  2. Informar las gestiones realizadas y allegar las respectivas copias.

 

 

De antemano agradecemos la atención prestada,

 

Atentamente:

 

RED DE HERMANDAD Y SOLIDARIDAD CON COLOMBIA - REDHER.

 

1 Sobre las disposiciones de limitación y derogación del pacto internacional de derechos civiles y políticos

2 https://pacifista.tv/notas/el-gobierno-esta-aprovechando-la-pandemia-para-la-erradicacion-forzada/

 

3 https://www.redcolombia.org/2020/04/02/los-lideres-sociales-encarcelados-tambien-tienen-derechos/

4 Ver Informe: Criminalización de la defensa de los derechos humanos en Colombia: la judicialización a defensores/as de la tierra, el territorio, el medio ambiente y la paz : https://co.boell.org/sites/default/files/2019-12/2_LA%20JUDICIALIZACION%20WEB.pdf

5 https://www.elespectador.com/colombia2020/territorio/la-detencion-de-lideres-sociales-que-llega-las-naciones-unidas-articulo-907545

6 https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=25745&LangID=S