Nuestra Constancia Histórica y Censura Ética ante el desplazamiento de 23 familias campesinas del caserío La Frontera hacia el Refugio Temporal Humanitario ubicado en el caserío La Piña en la Zona de Reserva Campesina, debido al desconocimiento del principio de precaución y de proporcionalidad en el uso de armas convencionales por unidades adscritas a la brigada 27 de Selva.
Ref: Desplazamiento forzado por operaciones militares de batallón Selva en Zona de Reserva Campesina
“No queremos ir a estudiar, no entendemos por qué nos quieren matar, no queremos morir, no nos dejen morir” Niño caserío La Frontera
Nuestra Constancia Histórica ante la ausencia de medidas prontas y eficaces para evitar el desplazamiento de familias integrantes de las Zonas de Reserva Campesina de los caseríos La Frontera, La Piña y Bocana del Cuembí; la ausencia de planes de prevención y mitigación, así como, la ausencia de respuesta humanitaria para garantizar condiciones dignas dentro de los Refugios Humanitarios.
Ante ustedes la fundamentación fáctica de nuestra Constancia Histórica
* Viernes 26 de abril a eso de las 2:30 a.m. en el caserío La Frontera, Zona de Reserva Campesina, unidades militares adscritas a la brigada 27 de Selva se acantonaron en medio del área poblada del caserío.
Entre las 4:19 a.m. y 4:30 a.m. desde la base militar ubicada en el caserío El Porvenir, corregimiento La Carmelita fueron lanzados 15 artefactos explosivos que afectaron a los civiles y sus bienes. Uno de los artefactos detonó a 1.80 metros de la escuela, afectando la infraestructura del lugar y dejó un cráter de 1,20 metros de ancho por 70 centímetros de profundidad.
Hacia las 5:30 p.m. 23 familias campesinas del caserío La Frontera se desplazaron hacia el Refugio Temporal Humanitario ubicado en el caserío La Piña
Nuestra Censura Ética ante el desconocimiento de los mínimos humanitarios que exigen el cumplimiento de los principios de distinción, de precaución y de proporcionalidad en desarrollo de operaciones contra insurgentes.
Nuestra Censura Ética ante la comisión por omisión por la ausencia de medidas tendientes a prevenir el desplazamiento y a dar respuestas eficaces de atención humanitaria a los desplazados.
En conformidad con el artículo 23 de la Constitución Nacional y de acuerdo a sus competencias institucionales solicitamos se sirvan dar respuesta eficaz y por escrito a las siguientes preguntas:
1. ¿Estas operaciones militares desarrolladas el viernes 26 de abril tenía identificado blancos legítimos? ¿Cuáles eran?
2. Los blancos legítimos de operaciones militares que desarrollan desde el 10 de abril según los ataques indiscriminados se encuentran en los caseríos de La Piña, La Frontera y Bocana del Cuembí, ¿Por qué se afecta a la población civil?
3. Frente a las alegaciones aquí presentadas como el desplazamiento forzoso ¿qué institución va a asumir una respuesta integral de restauración y de prevención?
4. ¿Qué medidas preventivas se van a desarrollar, por parte de quiénes y en qué plazos de tiempo, para no afectar a los civiles en desarrollo de las hostilidades en la Zona de Reserva Campesina?
Con profunda preocupación,
Comisión Intereclesial de Justicia y Paz